Guía Para Codificación De Productos


REQUISITOS MINÍMOS PARA CODIFICAR UN PRODUCTO

Para la codificación de los productos se tomará en cuenta los siguientes aspectos:


    a. En relación con su contenido nutricional:

    1. Todos los productos, sin excepción alguna, deberán contener información clara y precisa en sus tablas nutricionales que permitan conocer sus contenidos, efectos y excepciones para el consumo, de acuerdo a las normas legales pertinentes.
    b.- En relación con su comercialización:

    1. Que su comercialización ofrezca el nivel mínimo de rentabilidad determinado por el supermercado y/o similares para la respectiva categoría;

    2. Que el producto ofrezca las cualidades alimenticias legalmente permitidas para los consumidores;

    3. Que pertenezca al portafolio de productos que el supermercado y/o similares tiene definido dentro de su surtido y giro;

    4. Que se acredite una estructura de producción adecuada y/o importación que le permita cumplir con los niveles mínimos de entrega o abastecimiento del producto.
    c.- En relación con exigencias legales y técnicas:

    1. Cumplir con las condiciones higiénicas y sanitarias establecidas en la legislación vigente. Esto incluyendo Registro Sanitario por cada producto elaborado, que deberá encontrarse en vigente durante toda la relación de suministro;

    2. Todos los productos exhibidos deberán contener en forma clara, precisa y perfectamente legible, el precio final, la fecha de expiración y otras indicaciones relevantes a la calidad del producto;

    3. En cuanto a marcas, patentes y otros derechos constituidos en propiedad intelectual, los proveedores y los supermercados y/o similares deberán cumplir la normativa legal nacional e internacional aplicable;

    4. En todo caso, los proveedores deberán responder por la garantía de consumo establecida en la ley;

    5. Cumplir con los requisitos legales sobre embalaje y empaque de los productos; y,

    6. Los efectos dañinos de los productos por una indebida conservación posterior a la entrega es responsabilidad de los supermercados y/o similares.
    d.- En relación con exigencias de identificación:

    1. Identificación de la mercancía con un solo código de barras por EAN (European Article Number), más actualizadas o su equivalente, tanto en la unidad de venta como en la de empaque.
    Si el producto es aprobado y si se tratase de un nuevo proveedor, las partes firmarán un Contrato de Provisión de Mercaderías.
    A medida de que se incorporen nuevos productos a proveedores existentes, se firmará un convenio modificatorio, es decir, un nuevo Anexo de productos al contrato de provisión de mercaderías existente.



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